Prevención de riesgos laborales 2023

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En el día de la fecha se ha reunido el GRUPO DE TRABAJO TÉCNICO DE PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES; la reunión se ha desarrollado según el siguiente Orden del día:

1. Memoria Coordinación de Prevención del año 2022. 

La  Administración  no  ha  entregado  a  la  parte  social  con  anterioridad  a  esta  reunión  la documentación relativa al referido asunto, por lo acuerda remitir a la parte social la referida Memoria y el estudio epidemiológico de ASPY PREVENCIÓN al objeto de que, en su caso, se realicen las oportunas observaciones. 2.  Vigilancia de la Salud 2023 El periodo de solicitudes comenzó el 1 de mayo y finalizó el 4 de junio. Los reconocimientos está previsto que se inicien en septiembre. CSI;F exige que se adopten las iniciativas conducentes a que se proceda a la vacunación contra la HEPATITIS(B(a los empleados públicos de nuevo ingreso, no debiendo suponer gasto alguno para éstos. CSIF  puso  de  manifiesto  las  disfunciones  observadas  durante  el  desarrollo  de  la  pasada campaña de Vigilancia de la salud, solicitándose que se tomen las medidas oportunas para que no se repita.   Al  igual  que  en  la  campaña  pasada,  se  va  poder  elegir  la  delegación  de  la  empresa adjudicataria  donde  se  desee  recibir  los  servicios  prestados.  Las  personas  que  estén participando en el concurso de traslados, deberán tenerlo en cuenta. 3.  Prorroga contrato vigilancia de la salud 2022 El contrato de vigilancia de la salud con ASPY PREVENCIÓN finaliza a finales de septiembre de 2023. La Administración está tramitando la prórroga del mismo.  Por otro lado, se prevé que los reconocimientos médicos comiencen a principios de octubre. 4.  Nuevos criterios uso de mascarillas El día 5 de julio 2023 se ha publicado en el BOE  la Orden SND 726/2023, de 4 de julio por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVIDi19 y el cese en la aplicación de medidas extraordinarias. Desde la Administración Penitenciaria se nos informa que la Orden deroga todos  los  Capítulos  de  la  Ley  2/2021,  solo  deja  vigente  el  artículo  27  del  Capitulo  V (protección datos) y la Disposición adicional V (cuestiones relacionadas con las prestaciones farmacéuticas).  La Administración procederá a su estudio y emitirá un documento al efecto.  5.  Asuntos propuestos por las OO.SS. a) CSIF reclama la creación de una Guía(de(factores(y(riesgos(psicosociales en la que se identifiquen los factores o causas desencadenantes y que medidas hay que adoptar para prevenirlos, por lo que solicitamos la elaboración del mapa de riesgos psicosociales y su plasmación  en  el  Plan  de  Prevención  de  Riesgos  Laborales  de  la  Administración Penitenciaria. La Administración nos informa que no disponen de una Evaluación de Riesgos psicosociales de todos los centros y que no pueden hacer una Guía general con los datos disponibles puesto que los riesgos de un centro pueden ser que no coincidan con los que concurren en otros. CSIF  exige  que  se  cumpla  la  Ley  y  que  se  presente  una  evaluación  de  riesgos psicosociales  de  Instituciones  Penitenciarias  con  las  medidas  preventivas  que  se adoptan frente a los mismos con su inclusión en el Plan de Prevención. b)  CSIF  reclama  la  elaboración  de  una  Guía( básica( simplificada  con  todos  los procedimientos y actuaciones en materia de salud laboral, que será facilitada a todos los puestos de trabajo con el fin de hacer más sencillo el acceso al mismo. La Administración nos informa que lo estudiará. c) CSIF reclama la habilitación de una Sala(de(Lactancia(en(los(Centros(Penitenciarios, al objeto de conciliar el cometido propio de la trabajadora con la crianza de los hijos. La Administración nos informa que no hay inconveniente alguno ya que ha elaborado unas normas comunes relativas a los lugares de lactancia explicando las condiciones que tendrían que reunir en los centros de trabajo.   d) CSIF hace hincapié en respetar la necesaria protección de la seguridad del personal penitenciario  en  su  traslado  en  los  autobuses  de  la  empresa  adjudicataria  desde Málaga y Granada hasta el Centro Penitenciario de Málaga II (Archidona) y viceversa. Se  solicita  que,  con  carácter  inmediato,  se  disponga  de  un  transporte  adecuado conforme a lo acordado en el contrato suscrito y según lo dispuesto en al Ley 9/2017, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás legislación concordante. e)  En relación  al Protocolo(Gestión(Portátiles(en(Centros(Penitenciarios,  ante  las reiteradas quejas de funcionarios/as al tener conocimiento de que se van a sustituir equipos fijos o de sobremesa existentes por ordenadores portátiles de 14 pulgadas, CSIF solicita que se autorice la reutilización de las pantallas y los teclados de los PCs de sobremesa unidos, a través de puerto USB o de un dispositivo adecuado a tal fin, a los nuevos equipos portátiles de próximo suministro, a los profesionales que así lo demanden. La Administración se muestra favorable a dicha petición. f) Respecto a la provisión de los guantes(de(cacheo a los funcionarios/as, CSIF reclama que sean de idénticas características a los que se aprobaron en su momento en el Grupo de Trabajo de “Guantes de Cacheo”, sin excusa alguna, al tratarse de un(equipo de protección individual (EPI).  g)  CSIF  vuelve  a  solicitar  que( se( instalen( medidores( del( gas( radón  en  los establecimientos  penitenciarios  sensibles  (A  Lama,  Monterroso,  Bonxe,  Ávila, Cáceres, Soto del Real y Navalcarnero) ya que están ubicados en zonas que tienen una concentración de dicho gas superior a 400 Bq/m3, cuando el nivel de referencia para la exposición al radón en recintos cerrados, en términos del promedio anual de concentración de radón en aire, tanto para  las  viviendas o  los edificios de acceso público como para los lugares de trabajo es de 300 Bq/m3. El radón es un gas que ha sido declarado cancerígeno humano. h) Por último, CSIF aboga por que se evalúe la concurrencia de factores de riesgo que intervienen en el estrés térmico por calor(en el desempeño de ciertos puestos de trabajo en determinadas provincias (Córdoba, Sevilla, Murcia, …) y se adopten las medidas preventivas necesarias. Todo ello en consonancia con lo previsto en el Real DecretoiLey 4/2023, de 11 de mayo, que refuerza la legislación en Seguridad Social y Protección de Riesgos Laborales ante las temperaturas extremas.  OS SEGUIREMOS INFORMANDO

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